Caso práctico · Derecho Mercantil
Caso práctico 1B01025: La empresa de transporte de mercancías por carretera GARCI S.A., como acreedora, ha
Enunciado
La empresa de transporte de mercancías por carretera GARCI S.A., como acreedora, ha presentado una solicitud de declaración de concurso de acreedores de la empresa SUEZ S.L., también dedicada a dicha actividad. Junto con la solicitud, GARCI S.A. aporta un contrato de colaboración entre transportistas con SUEZ S.L. y cuatro facturas mensuales, que se declaran impagadas, en las que se detallan una serie de servicios efectuados para esta última en base al citado contrato. El concurso es declarado por el juzgado con la calificación de “necesario”. Responda a las siguientes cuestiones: ¿Es suficiente el impago de una deuda para que un acreedor pueda solicitar una declaración de concurso de acreedores del mismo? ¿La documentación aportada por el acreedor es suficiente para fundamentar su petición? ¿Qué consecuencias tiene la declaración del concurso como “necesario”?
- A A) No, es necesario que se produzcan hechos como el impago de salarios o el impago de cuotas de la Seguridad Social durante dos meses. B) Sí, es suficiente. C) El deudor es sustituido por los administradores concursales en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
- B A) Sí, basta con que existan indicios fundados de insolvencia para que el acreedor pueda presentar su solicitud. B) No, no es suficiente. Debe adjuntar la documentación justificativa del requerimiento de pago al deudor. C) El deudor es sustituido por los administradores concursales en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
- C A) No, es necesario que la solicitud la presente un mínimo de 5 deudores. B) Sí, es suficiente. C) El deudor es sustituido por los administradores concursales en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
- D A) No, no basta el impago a un deudor, es necesario que se produzca el impago generalizado o hechos como el impago de salarios en los últimos tres meses o el impago de cuotas de la Seguridad Social en el mismo plazo. B) No, no es suficiente. C) El deudor necesita autorización judicial para el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
- E A) No, es necesario que la solicitud la presente un mínimo de 5 deudores. B) No, no es suficiente. Debe adjuntar la documentación justificativa del requerimiento de pago al deudor. C) El deudor es sustituido por los administradores concursales en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
- F A) Sí, basta con que existan indicios fundados de insolvencia para que el acreedor pueda presentar su solicitud. B) Sí, es suficiente. C) El deudor es sustituido por los administradores concursales en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
- G A) No, es necesario que se produzcan hechos como el impago de salarios o el impago de cuotas de la Seguridad Social durante dos meses. B) Sí, es suficiente. C) El deudor necesita autorización judicial para el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
- H A) No, no basta el impago a un deudor, es necesario que se produzca el impago generalizado o hechos como el impago de salarios en los últimos tres meses o el impago de cuotas de la Seguridad Social en el mismo plazo. B) Sí, es suficiente. C) El deudor es sustituido por los administradores concursales en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio. ✓
Respuesta correcta: H
A) No, no basta el impago a un deudor, es necesario que se produzca el impago generalizado o hechos como el impago de salarios en los últimos tres meses o el impago de cuotas de la Seguridad Social en el mismo plazo. B) Sí, es suficiente. C) El deudor es sustituido por los administradores concursales en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
Por qué (inicio)
A) No basta un impago aislado: hace falta sobreseimiento generalizado de pagos o hechos tasados, como el impago de salarios o de cuotas de la Seguridad Social durante los tres últimos meses. B) Sí es…
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Normativa: RDL 1/2020, 2, 13,106
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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