Caso práctico · Normas Técnicas y de Explotación

Caso práctico 1G09006: El propietario de una granja de vacas lecheras se encuentra efectuando un transporte de

Enunciado

El propietario de una granja de vacas lecheras se encuentra efectuando un transporte de leche cruda obtenida en su instalación, con destino a una planta de tratamiento situada en las proximidades, con un vehículo de su propiedad que reúne los requisitos técnicos exigidos por el ATP (Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en estos transportes) para el transporte de mercancías perecederas, del tipo frigorífico normal clase A. Durante la realización de este transporte es parado por agentes de la Inspección del Transporte en el curso de una operación de control de vehículos en carretera, quienes comprueban que el vehículo no lleva operativos los equipos de producción de frío para conseguir la temperatura que exige el producto transportado, que es de, como máximo, 6 grados centígrados. La temperatura exterior es de -2 grados centígrados en ese momento y, de acuerdo con los partes meteorológicos, no ha subido en ningún momento del día de 0 grados centígrados, ni hay previsión de que lo haga. Responda a las siguientes cuestiones: ¿Debe cumplir este transporte las normas del ATP? ¿Debe ser objeto de sanción el hecho de no llevar operativos los sistemas de producción de frío? ¿Qué marca de identificación llevará el vehículo?

  1. A A) No, pues las normas del Acuerdo ATP solo se aplican al transporte internacional. B) Sí. C) RNA.
  2. B A) No, pues las normas del Acuerdo ATP no se aplican al transporte por cuenta propia. B) Sí. C) FNA.
  3. C A) No, pues las normas del Acuerdo ATP solo se aplican al transporte internacional. B) No, pues no resulta necesario para asegurar que el transporte se realiza a la temperatura correcta. C) RNA.
  4. D A) No, pues las normas del Acuerdo ATP no se aplican al transporte por cuenta propia. B) Sí. C) RNA.
  5. E A) No, pues las normas del Acuerdo ATP solo se aplican al transporte internacional. B) No, pues no resulta necesario para asegurar que el transporte se realiza a la temperatura correcta. C) FNA.
  6. F A) No, pues las normas del Acuerdo ATP no se aplican al transporte por cuenta propia. B) No, pues no resulta necesario para asegurar que el transporte se realiza a la temperatura exigida por el ATP. C) FNA.
  7. G A) Sí, pues las normas del Acuerdo ATP se aplican al transporte interior, tanto al realizado por cuenta ajena como por cuenta propia. B) No, pues no resulta necesario para asegurar que el transporte se realiza a la temperatura exigida por el ATP. C) FNA. ✓
  8. H A) Sí, pues las normas del Acuerdo ATP se aplican al transporte interior, tanto al realizado por cuenta ajena como por cuenta propia. B) Sí. C) RNA.

Respuesta correcta: G

A) Sí, pues las normas del Acuerdo ATP se aplican al transporte interior, tanto al realizado por cuenta ajena como por cuenta propia. B) No, pues no resulta necesario para asegurar que el transporte se realiza a la temperatura exigida por el ATP. C) FNA.

Por qué (inicio)

A) Sí: desde el Real Decreto 1202/2005 el ATP se aplica también al transporte interior y por cuenta propia. B) No procede sanción: con la temperatura exterior bajo cero, el equipo de frío es…

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Normativa: RD 1202/2005, art. 1; Acuerdo ATP, art. 3; Acuerdo ATP, art. 4; Acuerdo ATP, Anejo I; Acuerdo ATP, Anejo 3

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

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