¿Quiénes pueden pactar un contrato de arrendamiento de cosa?

  1. A El propietario de la cosa y el usufructuario de la misma.
  2. B El poseedor de la cosa y el adquirente del uso de la misma.
  3. C El propietario de la cosa y el adquirente del uso de la misma. ✓
  4. D El depositario de la cosa y su futuro adquirente.

Respuesta correcta: C

El propietario de la cosa y el adquirente del uso de la misma.

Por qué

El contrato lo celebran quien cede el uso, que normalmente es el propietario, y quien lo adquiere pagando por él. Un depositario no puede ceder el uso de lo que solo custodia.

Normativa: Código Civil, art. 1546

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