¿A qué se denomina bulto en un contrato de transporte de mercancías por carretera, según la Ley 15/2009?

  1. A A cada unidad material de carga diferenciada que forman las mercancías, de hasta 0,5 metros cúbicos de volumen.
  2. B A cada unidad material de carga diferenciada que forman las mercancías, de hasta 1 metro cúbico de volumen.
  3. C A cada unidad material de carga diferenciada que forman las mercancías, de hasta 1,5 metros cúbicos de volumen.
  4. D A cada unidad material de carga diferenciada que forman las mercancías, con independencia de su volumen. ✓

Respuesta correcta: D

A cada unidad material de carga diferenciada que forman las mercancías, con independencia de su volumen.

Por qué

Bulto es cualquier unidad de carga diferenciada, sin límite alguno de volumen. Los metros cúbicos que proponen las otras opciones no aparecen en la ley; el concepto es puramente de individualización.

Normativa: Ley 15/2009, art. 7

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