En un transporte nacional de mercancías por carretera, en el caso de deudas de un consignatario con un transportista, este podrá depositar la mercancía y pedir su venta:

  1. A por cualquier deuda que tenga el consignatario con el transportista.
  2. B solamente por las deudas derivadas de contratos de transporte, sean actuales o pasadas.
  3. C exclusivamente por las deudas generadas durante el transporte de dicha mercancía. ✓
  4. D hasta el límite de la factura sin IVA.

Respuesta correcta: C

exclusivamente por las deudas generadas durante el transporte de dicha mercancía.

Por qué

El depósito y venta solo cubren las deudas generadas por el transporte de esa misma mercancía. No puede retener un envío para cobrarse facturas anteriores: cada transporte responde de lo suyo.

Normativa: Ley 15/2009, art. 40

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