¿Cuándo se extingue el derecho de disposición del cargador sobre las mercancías en un transporte por carretera de las mismas?

  1. A Solo cuando finaliza la descarga de las mismas.
  2. B En el momento en que lo haya acordado con el porteador.
  3. C Cuando el vehículo llega al destino pactado.
  4. D Cuando el porteador entrega el segundo ejemplar de la carta de porte al destinatario. ✓

Respuesta correcta: D

Cuando el porteador entrega el segundo ejemplar de la carta de porte al destinatario.

Por qué

El derecho del cargador se extingue cuando el porteador entrega al destinatario el segundo ejemplar de la carta de porte. Ese acto marca el traspaso: a partir de ahí quien dispone de la mercancía es el destinatario.

Normativa: Ley 15/2009, art. 30

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