En un transporte internacional sujeto al Convenio CMR, cuando no ha habido pacto expreso de sometimiento, ¿qué jurisdicción de las que se mencionan no es competente?

  1. A La del país donde el demandante tiene su residencia habitual. ✓
  2. B La del país donde el demandado tiene su residencia habitual.
  3. C La del país de carga de la mercancía.
  4. D La del país de descarga de la mercancía.

Respuesta correcta: A

La del país donde el demandante tiene su residencia habitual.

Por qué

La residencia del demandante no es foro competente, y es la única de las cuatro que no lo es. Si lo fuera, cualquiera podría arrastrar al otro a litigar en su propio país.

Normativa: Convenio CMR, art. 31

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