En un transporte internacional sometido al Convenio CMR, ¿qué cuestión de las siguientes no está obligado a revisar el transportista en el momento de hacerse cargo de la mercancía?

  1. A La exactitud de las menciones de la carta de porte relativas al número de paquetes.
  2. B La exactitud de las menciones de la carta de porte relativas a las marcas y números de los paquetes.
  3. C La suficiencia de los documentos aduaneros. ✓
  4. D El estado aparente de la mercancía y de su embalaje.

Respuesta correcta: C

La suficiencia de los documentos aduaneros.

Por qué

No está obligado a comprobar la suficiencia de la documentación aduanera, que es responsabilidad del remitente. Sí debe revisar bultos, marcas y estado aparente, que son cosas constatables a simple vista.

Normativa: Convenio CMR, art. 8

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