¿Desde qué momento, como regla general, son oponibles frente a terceros de buena fe los actos inscritos en el Registro Mercantil?

  1. A Desde su inscripción.
  2. B Desde su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. ✓
  3. C A partir de un mes de su inscripción.
  4. D Nunca son oponibles a terceros, si éstos prueban que actúan de buena fe.

Respuesta correcta: B

Desde su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

Por qué

Desde su publicación en el BORME. Entre la inscripción y la publicación hay un desfase durante el cual el tercero de buena fe queda protegido.

Normativa: Código de Comercio, Art. 21

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