En el momento de solicitar la inscripción de la empresa en la Seguridad Social, ¿se debe comunicar también la entidad por la que se opta para cubrir determinadas contingencias?

  1. A Sí, para la contingencia de enfermedad profesional. ✓
  2. B Sí para la contingencia de enfermedad común.
  3. C No existe la posibilidad de elegir entidad para cubrir ninguna contingencia.
  4. D Las respuestas A y B son correctas.

Respuesta correcta: A

Sí, para la contingencia de enfermedad profesional.

Por qué

Sí, hay que optar por mutua o entidad gestora para las contingencias profesionales. La enfermedad común se cubre por el sistema público sin elección.

Normativa: RD 84/1996, Art. 11

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