¿Qué tipo de contratos se deben comunicar a los Servicios Públicos de Empleo?
- A Solo los contratos escritos.
- B Solo los contratos celebrados con personas inscritas como demandantes de empleo.
- C Solo los contratos celebrados con personas que perciben prestaciones por desempleo.
- D Todos los contratos. ✓
Respuesta correcta: D
Todos los contratos.
Por qué
Todos, incluidos los verbales. La comunicación debe hacerse en los diez días siguientes a la contratación.
Normativa: RD 1424/2002, Art. 1
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