¿Qué tipo de contratos se deben comunicar a los Servicios Públicos de Empleo?

  1. A Solo los contratos escritos.
  2. B Solo los contratos celebrados con personas inscritas como demandantes de empleo.
  3. C Solo los contratos celebrados con personas que perciben prestaciones por desempleo.
  4. D Todos los contratos. ✓

Respuesta correcta: D

Todos los contratos.

Por qué

Todos, incluidos los verbales. La comunicación debe hacerse en los diez días siguientes a la contratación.

Normativa: RD 1424/2002, Art. 1

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