¿Debe hacerse pública la declaración de concurso de acreedores?
- A No, la Ley de Protección de datos lo prohíbe expresamente.
- B No, sólo debe notificarse a todos los acreedores conocidos y personados en el procedimiento.
- C Sí, debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado. ✓
- D Sí, deben insertarse anuncios en los diarios de mayor difusión nacional.
Respuesta correcta: C
Sí, debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado.
Por qué
Se publica en el BOE, con publicidad gratuita. Así se garantiza que cualquier acreedor desconocido pueda enterarse.
Normativa: RD Legislativo 1/2020, art. 35
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