¿Debe hacerse pública la declaración de concurso de acreedores?

  1. A No, la Ley de Protección de datos lo prohíbe expresamente.
  2. B No, sólo debe notificarse a todos los acreedores conocidos y personados en el procedimiento.
  3. C Sí, debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado. ✓
  4. D Sí, deben insertarse anuncios en los diarios de mayor difusión nacional.

Respuesta correcta: C

Sí, debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado.

Por qué

Se publica en el BOE, con publicidad gratuita. Así se garantiza que cualquier acreedor desconocido pueda enterarse.

Normativa: RD Legislativo 1/2020, art. 35

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