¿Cómo responde el socio comanditario de las pérdidas de una sociedad en comandita?
- A Perderá hasta dos terceras partes de su aportación, como máximo.
- B Solo podrá llegar a perder lo aportado u obligado a aportar en la sociedad. ✓
- C Puede llegar a perder más de lo que aportó o se obligó a aportar a la sociedad.
- D No le afectarán las pérdidas.
Respuesta correcta: B
Solo podrá llegar a perder lo aportado u obligado a aportar en la sociedad.
Por qué
Solo pierde lo aportado o comprometido. Esa es la ventaja que compensa su falta de poder de gestión.
Normativa: Código de Comercio, Art. 148
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