¿Cómo responde el socio colectivo de las pérdidas de una sociedad en comandita?

  1. A Con los bienes que haya aportado a la sociedad.
  2. B Con la misma cantidad que el socio comanditario de menor participación.
  3. C Con todos sus bienes. ✓
  4. D Las sociedades comanditarias no tienen socios colectivos.

Respuesta correcta: C

Con todos sus bienes.

Por qué

Con todos sus bienes. El socio colectivo responde igual en la comanditaria que en la colectiva.

Normativa: Código de Comercio, Art. 148

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