¿Las sociedades de capital pueden adquirir sus propias acciones o participaciones sociales?

  1. A Siempre que se apruebe en junta general.
  2. B En ningún caso.
  3. C Sí, cuando se trate de una adquisición originaria y concurran determinados supuestos.
  4. D Sí, cuando se trate de una adquisición derivativa y concurran determinados supuestos. ✓

Respuesta correcta: D

Sí, cuando se trate de una adquisición derivativa y concurran determinados supuestos.

Por qué

Solo la adquisición derivativa y en supuestos tasados. La originaria, es decir suscribir sus propias acciones al emitirlas, está prohibida.

Normativa: RD Legislativo 1/2010, art. 134; RD Legislativo 1/2010, art. 140; RD Legislativo 1/2010, art. 144

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