La adquisición de personalidad jurídica supone para una sociedad mercantil:

  1. A distinción entre la responsabilidad de la sociedad y la de los socios. ✓
  2. B distinción entre la responsabilidad de la sociedad y la de los socios, salvo en el caso de la sociedad colectiva.
  3. C distinción entre la responsabilidad de la sociedad y la de los socios, salvo en el caso de la sociedad comanditaria simple.
  4. D Las respuestas B y C son correctas.

Respuesta correcta: A

distinción entre la responsabilidad de la sociedad y la de los socios.

Por qué

Separa el patrimonio social del personal de los socios. En la colectiva esa separación existe igual: los socios responden subsidiariamente, no porque falte personalidad jurídica.

Normativa: Derecho Mercantil, Rodrigo Uría, Editorial Marcial Pons

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