Los socios de una sociedad colectiva:

  1. A nunca pueden operar por cuenta propia.
  2. B pueden operar por cuenta propia sin ninguna restricción.
  3. C pueden operar por cuenta propia, pero siempre con previo consentimiento de la sociedad.
  4. D pueden operar por cuenta propia sin consentimiento de la sociedad, si esta tiene determinado su objeto y no se trata del mismo tipo de negocios. ✓

Respuesta correcta: D

pueden operar por cuenta propia sin consentimiento de la sociedad, si esta tiene determinado su objeto y no se trata del mismo tipo de negocios.

Por qué

Pueden hacerlo si la sociedad tiene objeto determinado y el negocio propio es de otro género. Si coincide con el objeto social, necesitan consentimiento expreso.

Normativa: Código de Comercio, art. 136; Código de Comercio, art. 137

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