Como norma general, ¿qué persona puede hacer efectivo el pago de una letra de cambio o cumplir con la obligación de que se trate?

  1. A El avalista o el avalado. ✓
  2. B El endosante o el endosado.
  3. C El librador o el librado.
  4. D Cualquiera de los anteriores.

Respuesta correcta: A

El avalista o el avalado.

Por qué

El avalista o el avalado. El aval es precisamente una garantía de pago por cuenta de otro.

Normativa: Ley 19/1985, art. 37

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