¿A quién se denomina "tenedor" en una letra de cambio?

  1. A A quien recibe el mandato de pago.
  2. B A quien la emite.
  3. C A quien tiene la posesión de la letra. ✓
  4. D A quien la acepta.

Respuesta correcta: C

A quien tiene la posesión de la letra.

Por qué

A quien tiene la posesión de la letra. Es quien puede exigir el cobro.

Normativa: Ley 19/1985, art. 19

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