¿Quién es el librado en una letra de cambio?
- A La persona que tiene derecho al cobro.
- B La persona obligada a pagar. ✓
- C Un comisionista.
- D Un endosante.
Respuesta correcta: B
La persona obligada a pagar.
Por qué
La persona obligada a pagar. El librador ordena; el librado paga.
Normativa: Ley 19/1985, art. 1
Más preguntas de Gestión Comercial y Financiera
- ¿Quién es el firmante de un pagaré?
- ¿Cuál de los siguientes medios es un documento de pago?
- ¿Qué nombre recibe la persona que emite una letra de cambio?
- ¿Puede el tomador de una letra transmitirla a otra persona para que la cobre?
- ¿Qué supone la declaración de "acepto" o "aceptación" en la letra de cambio?
- ¿Qué número de "endosos" puede realizarse, como norma general, en una letra de cambio?