Si en la letra de cambio no figura el lugar de emisión, ¿en qué lugar se considerará librada?
- A En el que designado junto al nombre del endosante.
- B En el que designado junto al nombre del librado.
- C En el que firme el librado. ✓
- D En el que aparezca designado junto al nombre del tomador.
Respuesta correcta: C
En el que firme el librado.
Por qué
En el lugar que figure junto a la firma del librado. Hay reglas supletorias para cada mención que falte.
Normativa: Ley 19/1985, art. 2
Más preguntas de Gestión Comercial y Financiera
- ¿Qué personas intervienen en el aval de una letra de cambio?
- ¿Qué sucede con el aval de una letra de cambio si la obligación garantizada es nula?
- ¿Dónde debe pagarse un cheque en el que no se indique el lugar del pago?
- El tenedor de una letra de cambio puede ejercitar su acción de regreso antes de su vencimiento…
- ¿Qué tipo de responsabilidad tienen frente al tenedor los que hubieran librado, avalado o…
- ¿Puede obligarse al portador de una letra de cambio a recibir el pago antes de su vencimiento?