¿Puede el proveedor de servicios de pago electrónico rechazar una orden de pago de uno de sus usuarios?
- A No, debe ejecutarla aunque luego pueda solicitar una indemnización en caso ser errónea.
- B Solo cuando no existan fondos suficientes en la cuenta de pago para hacer frente a dicha orden y sin necesidad de comunicar la causa del rechazo.
- C Solo cuando sospeche de la existencia de un uso fraudulento de las credenciales de seguridad.
- D Sí, pero debe notificar al usuario la causa del rechazo y el procedimiento para rectificar los posibles errores de hecho que la hayan motivado. ✓
Respuesta correcta: D
Sí, pero debe notificar al usuario la causa del rechazo y el procedimiento para rectificar los posibles errores de hecho que la hayan motivado.
Por qué
Sí, pero debe notificar la causa y cómo rectificar los errores que lo motivaron. El rechazo nunca puede ser opaco.
Normativa: RD Ley 19/2018, art. 51
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