¿Puede librarse una letra de cambio con un vencimiento a plazo contado desde la vista?
- A No.
- B Sólo si es "A la Orden".
- C Sólo si el librado es una entidad financiera.
- D Sí. ✓
Respuesta correcta: D
Sí.
Por qué
Sí. Es una de las cuatro formas de vencimiento admitidas.
Normativa: Ley 19/1985, art. 38
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