En el contrato de fianza, ¿cómo se denomina a la oposición del fiador a no responder hasta que no se cobre previamente sobre los bienes del deudor?

  1. A Bonificación de fianza.
  2. B Excepción de pago.
  3. C Separación de responsabilidad.
  4. D Beneficio de excusión. ✓

Respuesta correcta: D

Beneficio de excusión.

Por qué

Beneficio de excusión. Primero los bienes del deudor, después el fiador.

Normativa: Código Civil, art. 1830

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