En el contrato de fianza, ¿puede el fiador obligarse por una cantidad superior a la del deudor principal?

  1. A Solo en el caso en que cuente con el acuerdo expreso del acreedor y en concepto de recargo por retraso.
  2. B Si, pero la obligación se reducirá a los límites de la del deudor. ✓
  3. C Puede obligarse por cantidad que libremente pacte con el deudor, incluso superior a la deuda afianzada.
  4. D No, debe obligarse siempre por la misma cantidad.

Respuesta correcta: B

Si, pero la obligación se reducirá a los límites de la del deudor.

Por qué

Puede pactarse, pero la obligación se reduce a los límites de la del deudor. El exceso no es exigible.

Normativa: Código Civil, art. 1826

Más preguntas de Gestión Comercial y Financiera