Una vez producido un siniestro, el tomador:
- A debe comunicar al asegurador la estimación de daños.
- B debe comunicar al asegurador la relación de objetos salvados.
- C no está obligado a comunicar sino el hecho mismo del siniestro.
- D Las respuestas A y B son correctas. ✓
Respuesta correcta: D
Las respuestas A y B son correctas.
Por qué
Debe comunicar la estimación de daños y la relación de objetos salvados. No basta con avisar del siniestro.
Normativa: Ley 50/1980, art. 38
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