¿Es obligatorio que conste en la factura la identificación de los bienes o servicios objeto de la operación?
- A Sí, siempre. ✓
- B Solo en los casos en los que la ley lo exige expresamente.
- C No, nunca.
- D No, salvo excepciones determinadas por la ley.
Respuesta correcta: A
Sí, siempre.
Por qué
Sí, siempre. Hay que saber qué se ha vendido o prestado.
Normativa: RD 1619/2012, art. 6; RD 1619/2012, art. 7
Más preguntas de Gestión Comercial y Financiera
- ¿En cuál de las siguientes operaciones no puede expedirse una factura simplificada si su…
- La obligación de expedir factura podrá ser cumplida mediante factura simplificada en…
- ¿En qué caso no es necesario hacer constar en las facturas los datos del cliente?
- ¿Es obligatorio que figuren el tipo impositivo del IVA y, por separado, la cuota tributaria en…
- ¿Cuántos originales se pueden expedir de las facturas?
- Cuando en una misma operación concurren varios destinatarios, ¿qué se hace a la hora de…