Los transitarios, en el ejercicio de sus funciones de intermediación y organización de los transportes internacionales, ¿qué actividades podrán realizar?

  1. A Cumplir las formalidades administrativas ligadas al transporte internacional o al régimen de tránsito aduanero.
  2. B Depositar o almacenar mercancías procedentes o destinadas al transporte internacional o en régimen de tránsito aduanero.
  3. C Contratar la realización de los portes con las empresas de transporte.
  4. D Las respuestas anteriores son correctas. ✓

Respuesta correcta: D

Las respuestas anteriores son correctas.

Por qué

Las tres: trámites administrativos y aduaneros, depósito o almacenaje y contratación de los portes. Organizan el transporte internacional de punta a punta.

Normativa: Ley 16/1987, art. 121

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