En el caso de colaboración entre transportistas:
- A solo se pueden utilizar los vehículos del transportista colaborador.
- B solo se puede recurrir al personal del transportista colaborador.
- C se utilizan los medios mecánicos y personales del transportista colaborador, necesarios para realizar el transporte. ✓
- D No está definida por las normas la forma en que se ha de prestar la colaboración.
Respuesta correcta: C
se utilizan los medios mecánicos y personales del transportista colaborador, necesarios para realizar el transporte.
Por qué
Se usan los medios mecánicos y personales del colaborador. Si solo se aportase el vehículo sería un alquiler, y si solo el conductor una cesión de personal.
Normativa: Ley 16/1987, art. 54
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