¿Pueden obtener las sociedades anónimas el reconocimiento de la competencia profesional directamente a su propio nombre?
- A Sí, siempre en las mismas condiciones en las que pueden ser titulares de autorización de transporte.
- B Sí, si todos los apoderados cumplen dicho requisito.
- C Sí, cuando su administrador único la tenga reconocida.
- D No, en ningún caso. ✓
Respuesta correcta: D
No, en ningún caso.
Por qué
No: la competencia profesional la tienen personas físicas. La sociedad la cumple a través de su gestor de transporte.
Normativa: Ley 16/1987, art. 47
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