¿Pueden obtener las sociedades anónimas el reconocimiento de la competencia profesional directamente a su propio nombre?

  1. A Sí, siempre en las mismas condiciones en las que pueden ser titulares de autorización de transporte.
  2. B Sí, si todos los apoderados cumplen dicho requisito.
  3. C Sí, cuando su administrador único la tenga reconocida.
  4. D No, en ningún caso. ✓

Respuesta correcta: D

No, en ningún caso.

Por qué

No: la competencia profesional la tienen personas físicas. La sociedad la cumple a través de su gestor de transporte.

Normativa: Ley 16/1987, art. 47

Más preguntas de Acceso al Mercado