En el caso de empresas individuales, ¿puede un tercero, distinto de la persona física titular de la autorización, actuar como gestor de transporte a efectos del cumplimiento del requisito de competencia profesional?

  1. A No, solamente es posible en el caso de personas jurídicas.
  2. B Sí, en todos los casos en los que el tercero aporta el certificado de competencia profesional para el transporte por carretera.
  3. C Sí, pero siempre que el tercero dirija de forma efectiva y permanentemente las actividades de transporte de la empresa y cumpla el resto de requisitos establecidos en la Ley. ✓
  4. D Sólo si venía desempeñando esta función con anterioridad a 1 de enero de 2020.

Respuesta correcta: C

Sí, pero siempre que el tercero dirija de forma efectiva y permanentemente las actividades de transporte de la empresa y cumpla el resto de requisitos establecidos en la Ley.

Por qué

Sí, si dirige de forma efectiva y permanente y cumple el resto de requisitos. No basta con prestar el certificado.

Normativa: Ley 16/1987, art. 47

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