En el caso de empresas individuales, ¿puede un tercero, distinto de la persona física titular de la autorización, actuar como gestor de transporte a efectos del cumplimiento del requisito de competencia profesional?
- A No, solamente es posible en el caso de personas jurídicas.
- B Sí, en todos los casos en los que el tercero aporta el certificado de competencia profesional para el transporte por carretera.
- C Sí, pero siempre que el tercero dirija de forma efectiva y permanentemente las actividades de transporte de la empresa y cumpla el resto de requisitos establecidos en la Ley. ✓
- D Sólo si venía desempeñando esta función con anterioridad a 1 de enero de 2020.
Respuesta correcta: C
Sí, pero siempre que el tercero dirija de forma efectiva y permanentemente las actividades de transporte de la empresa y cumpla el resto de requisitos establecidos en la Ley.
Por qué
Sí, si dirige de forma efectiva y permanente y cumple el resto de requisitos. No basta con prestar el certificado.
Normativa: Ley 16/1987, art. 47
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