¿Es obligatorio constituir garantías en el régimen aduanero de tránsito de la Unión?
- A Sí, salvo excepciones, y pueden ser individuales o globales. ✓
- B No es obligatorio prestar garantías.
- C Sí, y solo se admiten las garantías a tanto alzado.
- D Sí, y solo se admiten las garantías globales.
Respuesta correcta: A
Sí, salvo excepciones, y pueden ser individuales o globales.
Por qué
Sí, salvo excepciones, y pueden ser individuales o globales. La garantía cubre los derechos aduaneros suspendidos durante el tránsito.
Normativa: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, art. 148; Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, art. 155
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