¿Es obligatorio constituir garantías en el régimen aduanero de tránsito de la Unión?

  1. A Sí, salvo excepciones, y pueden ser individuales o globales. ✓
  2. B No es obligatorio prestar garantías.
  3. C Sí, y solo se admiten las garantías a tanto alzado.
  4. D Sí, y solo se admiten las garantías globales.

Respuesta correcta: A

Sí, salvo excepciones, y pueden ser individuales o globales.

Por qué

Sí, salvo excepciones, y pueden ser individuales o globales. La garantía cubre los derechos aduaneros suspendidos durante el tránsito.

Normativa: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, art. 148; Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, art. 155

Más preguntas de Acceso al Mercado