¿Qué consideración tiene, a efectos aduaneros, una mercancía obtenida totalmente en Melilla?
- A Se considera mercancía de la Unión, igual a todos los efectos que si hubiera sido obtenida en otro punto del Estado español.
- B Se considera mercancía de la Unión con estatuto especial.
- C Se considera mercancía no perteneciente a la Unión. ✓
- D Depende del tipo de mercancía de que se trate.
Respuesta correcta: C
Se considera mercancía no perteneciente a la Unión.
Por qué
Mercancía no perteneciente a la Unión. Ceuta y Melilla quedan fuera del territorio aduanero comunitario.
Normativa: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, art. 4; Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, art. 5
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