¿Qué consideración tiene, a efectos aduaneros, una mercancía obtenida totalmente en Melilla?

  1. A Se considera mercancía de la Unión, igual a todos los efectos que si hubiera sido obtenida en otro punto del Estado español.
  2. B Se considera mercancía de la Unión con estatuto especial.
  3. C Se considera mercancía no perteneciente a la Unión. ✓
  4. D Depende del tipo de mercancía de que se trate.

Respuesta correcta: C

Se considera mercancía no perteneciente a la Unión.

Por qué

Mercancía no perteneciente a la Unión. Ceuta y Melilla quedan fuera del territorio aduanero comunitario.

Normativa: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, art. 4; Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, art. 5

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