¿Cómo debe efectuarse el intercambio de información entre las autoridades aduaneras y los operadores económicos?

  1. A Siempre mediante técnicas de tratamiento electrónico de datos.
  2. B Mediante técnicas de tratamiento electrónico de datos, salvo que por el tipo de tráfico resulte justificado otro procedimiento.
  3. C Mediante técnicas de tratamiento electrónico de datos, salvo que fallen los sistemas informáticos.
  4. D Las respuestas B y C son correctas. ✓

Respuesta correcta: D

Las respuestas B y C son correctas.

Por qué

Por vía electrónica, salvo que el tipo de tráfico lo justifique o fallen los sistemas. Hay previsto un procedimiento de continuidad en papel.

Normativa: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, art. 6

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