En el caso de un transporte efectuado en régimen de tránsito de la Unión, las aduanas de tránsito:

  1. A deben inspeccionar siempre las mercancías.
  2. B pueden inspeccionar las mercancías. ✓
  3. C no pueden inspeccionar las mercancías, debiendo limitarse a comprobar la documentación expedida por la aduana de partida.
  4. D sólo pueden inspeccionar las mercancías cuando los derechos aduaneros derivados de la operación superen 10.000 euros.

Respuesta correcta: B

pueden inspeccionar las mercancías.

Por qué

Pueden, pero no están obligadas. Es una facultad discrecional.

Normativa: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, art. 304

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