¿En qué casos los vehículos matriculados causarán baja definitiva?
- A Cuando sus titulares soliciten voluntariamente la retirada permanente de la circulación. ✓
- B La baja será decretada por la autoridad competente por reiteradas infracciones a la normativa de tráfico.
- C Cuando un organismo inspector acuerde de oficio su retirada definitiva de la circulación.
- D Cuando el órgano competente en materia de industria lo decrete por acreditar que el vehículo constituye un peligro para la seguridad.
Respuesta correcta: A
Cuando sus titulares soliciten voluntariamente la retirada permanente de la circulación.
Por qué
Cuando el titular solicita voluntariamente la retirada permanente de la circulación. La baja no se impone por infracciones.
Normativa: RD 2822/1998, art. 35
Más preguntas de Normas Técnicas y de Explotación
- ¿Qué documentos deben acompañar la solicitud de matriculación?
- En relación con un vehículo que vaya a realizar transporte, ¿debe acreditarse, en el momento…
- ¿Qué ocurre cuando la Jefatura de Tráfico competente autoriza la matriculación de un vehículo?
- ¿Puede un mismo vehículo matricularse en provincias diferentes a la vez?
- ¿Qué documento es imprescindible para la matriculación de un vehículo?
- ¿Qué se entiende por matricular un vehículo?