¿Cómo define la normativa "ruido ambiental"?
- A Lo equipara a contaminación acústica.
- B Como cualquier actividad, infraestructura, equipo, maquinaria que genere ruido o vibración.
- C Como el sonido no deseado o nocivo generado por actividades humanas. ✓
- D Entre otras cosas, las vibraciones que impliquen molestia para las personas.
Respuesta correcta: C
Como el sonido no deseado o nocivo generado por actividades humanas.
Por qué
El sonido no deseado o nocivo generado por actividades humanas. A diferencia de la contaminación acústica, el ruido ambiental sí se ciñe a lo humano.
Normativa: RD 1367/2007, Preámbulo
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