En el grupaje, ¿se pueden mezclar bultos de diferentes mercancías peligrosas?
- A Siempre que se observen las prohibiciones de carga en común basadas en las etiquetas de peligro del ADR. ✓
- B Siempre que se observen las normas establecidas por el Convenio ADR para el embalaje de las mercancías.
- C Separándolas convenientemente en el vehículo de forma que los productos estén aislados.
- D Siempre que se observen las prescripciones del Convenio ADR para los envases de las mercancías.
Respuesta correcta: A
Siempre que se observen las prohibiciones de carga en común basadas en las etiquetas de peligro del ADR.
Por qué
Sí, respetando las prohibiciones de carga en común según las etiquetas de peligro. Separar físicamente no basta: hay incompatibilidades absolutas.
Normativa: Acuerdo ADR, 7.5.2.1
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