El recorrido marcha atrás…
- A está prohibido en todos los casos.
- B se permite como maniobra complementaria de la parada, el estacionamiento o la incorporación y no podrá ser superior a quince metros ni invadir un cruce de vías. ✓
- C se permite como maniobra complementaria de cualquier otra que la exija y siempre con el recorrido mínimo indispensable para efectuarla.
- D está permitido en todos los casos sin limitaciones, siempre que se adopten las debidas precauciones.
Respuesta correcta: B
se permite como maniobra complementaria de la parada, el estacionamiento o la incorporación y no podrá ser superior a quince metros ni invadir un cruce de vías.
Por qué
Solo cabe como maniobra complementaria de parada, estacionamiento o incorporación, con un máximo de quince metros y sin invadir un cruce. La opción que habla de "recorrido mínimo indispensable" suena razonable pero no recoge esos límites concretos.
Normativa: RD 1428/2003, art. 80
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