Caso práctico · Derecho Civil
Caso práctico 1A02038: Al acabar de efectuar la carga de un vehículo de la empresa AÑES S.L., el encargado del
Enunciado
Al acabar de efectuar la carga de un vehículo de la empresa AÑES S.L., el encargado del almacén de la empresa PICRE S.A., cargadora en el contrato de transporte, prepara una carta de porte en la que se especifica que se transportan 2.000 kg de manzanas. El conductor del camión sospecha que el peso que se ha hecho constar en la carta de porte no es el que realmente corresponde a las mercancías transportadas, así que pide que se realice un pesaje del vehículo para comprobar la carga, a lo que el personal del almacén se niega, por ello se pone en contacto con su empresa para recabar instrucciones. También la empresa PICRE S.A. quiere incluir en la carta de porte, para el caso de pérdida de mercancía, la cantidad de 3.000 € como montante de interés especial en la entrega. El transportista acepta a cambio de un incremento del 10 % del transporte. Las operaciones de carga del vehículo finalizan a las 17:00 horas. El lugar de destino de las mercancías dista 100 km del lugar de origen del transporte. Se trata de un establecimiento que tiene como horario: 9:00 a 21:30 ininterrumpidamente. Responda a las siguientes cuestiones: ¿Que instrucciones debe darle al conductor respecto de la comprobación del peso? ¿Qué efectos tiene la inclusión de la declaración de interés especial en la entrega en la carta de porte? ¿Cuál sería la hora límite para le entrega de las mercancías sin incurrir en retraso?
- A A) Que solicite realizar el pesaje ante el Presidente de la Junta Arbitral y que se levante acta del mismo. B) Permite, con independencia de la indemnización ordinaria, el resarcimiento de los perjuicios que pruebe el titular de las mercancías hasta el importe del interés especial declarado. C) Las 9:00 del día siguiente. ✓
- B A) Que realice el pesaje en una báscula pública y solicite justificante del mismo. B) Permite incrementar cualquier indemnización por pérdida de mercancías en un 20%. C) Las 20:00 del día de la carga.
- C A) Que solicite realizar el pesaje ante un Secretario Judicial y que se levante acta del mismo. B) Permite, con independencia de la indemnización ordinaria, el resarcimiento de los perjuicios que pruebe el titular de las mercancías hasta el importe del interés especial declarado. C) Las 21:00 del día de la carga.
- D A) Que solicite realizar el pesaje ante el Presidente de la Junta Arbitral y que se levante acta del mismo. B) Permite incrementar cualquier indemnización por pérdida de mercancías en un 20%. C) Las 19:00 del día de la carga.
- E A) Que solicite realizar el pesaje ante un representante del cargador y que se documente el mismo. B) Permite incrementar cualquier indemnización por pérdida de mercancías en un 25%. C) Las 10:00 del día siguiente.
- F A) Que solicite realizar el pesaje ante el Presidente de la Junta Arbitral y que se levante acta del mismo. B) Supone el resarcimiento de los perjuicios, sin necesidad de prueba, hasta el importe del interés especial declarado. C) Las 19:00 del día de la carga.
- G A) Que realice el pesaje por sí mismo y lo documente por escrito con la firma de un testigo. B) Permite incrementar cualquier indemnización por pérdida de mercancías en un 20%. C) Las 9:00 del día siguiente.
- H A) Que realice el pesaje en una báscula pública y solicite justificante del mismo. B) Permite incrementar cualquier indemnización por pérdida de mercancías en un 25%. C) Las 9:00 del día siguiente.
Respuesta correcta: A
A) Que solicite realizar el pesaje ante el Presidente de la Junta Arbitral y que se levante acta del mismo. B) Permite, con independencia de la indemnización ordinaria, el resarcimiento de los perjuicios que pruebe el titular de las mercancías hasta el importe del interés especial declarado. C) Las 9:00 del día siguiente.
Por qué (inicio)
Ante la negativa del cargador, la instrucción correcta es solicitar el pesaje ante el presidente de la Junta Arbitral del Transporte y que se levante acta: no basta con pasar por una báscula pública…
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Normativa: Ley 15/2009, art. 26; Ley 15/2009, art. 61; OM FOM/1882/2012, Anexo, 6.1
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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