Caso práctico · Derecho Social
Caso práctico 1C04017: El Sr. Miño condujo, el mes de septiembre, el vehículo matrícula XXX GXV cuya MMA es de
Enunciado
El Sr. Miño condujo, el mes de septiembre, el vehículo matrícula XXX GXV cuya MMA es de 18 Tm. Durante ese período, el Sr. Miño realizó los siguientes descansos superiores a 11 horas: -Lunes 5: 24 horas. -Miércoles 7: 24 horas. -Domingo 11: 24 horas. -Lunes 12: 24 horas. -Viernes 16: 24 horas. -Domingo 18: 24 horas. En la semana del 12 al 18 de septiembre, realizó las siguientes conducciones diarias: -Martes 13: 7 horas. -Miércoles 14: 6 horas. En la semana del 19 al 25 de septiembre, tras realizar su descanso semanal, condujo 10 horas diarias durante los dos primeros días de conducción y descansó 9 horas cada día. El tercer día, condujo 7 horas y descansó 9 horas. El cuarto día, condujo 10 horas y descansó 17 horas; y el resto de jornadas condujo 5 horas y descansó otras 11 horas diarias. Tras la sexta jornada inició un nuevo descanso semanal. RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES: ¿Qué infracciones ha cometido el Sr. Miño durante el mes de septiembre en relación con los descansos? ¿Cuántas horas, como máximo, podía llegar a conducir el resto de la semana del 12 al 18 de septiembre? ¿Respetó lo establecido en el R (CE) 561/2006 durante la semana del 19 al 25 de septiembre?
- A A) Sí, efectuó descansos semanales reducidos dos semanas consecutivas. B) 20 horas. C) No, cometió una infracción: realizar cuatro descansos diarios reducidos.
- B A) No ha cometido ninguna infracción en relación con los descansos. B) 43 horas. C) Sí, no cometió infracción alguna.
- C A) Sí, efectuó descansos semanales reducidos dos semanas consecutivas. B) 18 horas. C) Sí, no cometió infracción alguna.
- D A) Sí, efectuó descansos semanales reducidos dos semanas consecutivas. B) 20 horas. C) No, cometió una infracción: efectuar 3 conducciones diarias de 10 horas entre dos descanso semanales.
- E A) No ha cometido ninguna infracción en relación con los descansos. B) 20 horas. C) No, cometió una infracción al efectuar 3 conducciones diarias de 10 horas en la semana. ✓
- F A) Sí, uno de los descansos se inició después de transcurridas 144 horas (6x24 horas) del descanso semanal anterior B) 19 horas. C) No, cometió una infracción: efectuar 3 conducciones diarias de 10 horas en la semana.
- G A) Sí, efectuó descansos semanales reducidos dos semanas consecutivas. B) 43 horas. C) No, cometió una infracción: realizar cuatro descansos diarios reducidos.
- H A) No ha cometido ninguna infracción en relación con los descansos. B) 19 horas. C) No, cometió dos infracciones: realizar cuatro descansos diarios reducidos y efectuar 3 conducciones diarias de 10 horas entre dos descanso semanales.
Respuesta correcta: E
A) No ha cometido ninguna infracción en relación con los descansos. B) 20 horas. C) No, cometió una infracción al efectuar 3 conducciones diarias de 10 horas en la semana.
Por qué (inicio)
No hay infracción de descansos semanales: los 24 más 24 de los días 11 y 12, al ser consecutivos, forman un descanso normal de 48 horas, de modo que la semana siguiente puede reducirse, y en ningún…
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Normativa: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 6; Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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