Caso práctico · Derecho Social
Caso práctico 1C04057: El Sr. Alba es el conductor habitual del vehículo matrícula XXXX JHN, de 28 Tm de MMA. El
Enunciado
El Sr. Alba es el conductor habitual del vehículo matrícula XXXX JHN, de 28 Tm de MMA. El Sr. Alba, cada vez que, durante su jornada laboral, realiza una pausa o descanso de más de una hora, durante el cual abandona el vehículo, extrae la tarjeta, realizando posteriormente las anotaciones manuales relativas al período de pausa o descanso realizado. El citado conductor, en la primera semana de noviembre, efectuó las siguientes conducciones: -Lunes: 9 horas. -Martes: 9 horas. -Miércoles: 9 horas. -Sábado: 10 horas. -Domingo: 10 horas. El Sr Alba, a principios del mes de diciembre, tras realizar un descanso continuado de 45 horas, tuvo la siguiente actividad laboral: -Días 1 y 2 de diciembre: conducción de 10 horas. Descanso diario de 9 horas. -Día 3 de diciembre: conducción de 9 horas. Descanso diario de 9 horas. -Día 4 de diciembre: conducción de 9 horas. Descanso diario de 11 horas. -Día 5 de diciembre: conducción de 10 horas. Descanso diario de 10 horas. -Día 6 de diciembre: conducción de 6 horas. Descanso diario de 10 horas. -Día 7 de diciembre: conducción de 4 horas. Posteriormente comienza el descanso semanal. RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES: ¿Es correcta la actuación del Sr. Alba cada vez que hace una pausa o descanso en el que abandona el vehículo? ¿Cuántas horas podía conducir, el Sr. Alba, el lunes de la segunda semana de noviembre? ¿Cumplió el Sr. Alba con los tiempos de conducción y descanso regulados en el R (CE) 561/2006 a principios del mes de diciembre?
- A A) No, el conductor no debe retirar la tarjeta de conductor antes de que finalice el período de trabajo diario. B) 9 horas. C) No, ya que entre el 1 y el 7 realiza 4 descansos diarios reducidos.
- B A) Sí, la actuación del conductor es correcta. B) 10 horas. C) No, ya que no realiza un descanso semanal de, al menos, 24 horas después de seis períodos de conducción.
- C A) No, el conductor no debe retirar la tarjeta de conductor antes de que finalice el período de trabajo diario. B) 9 horas. C) No, ya que entre el 1 y el 7 realiza 4 descansos diarios reducidos. No realiza un descanso semanal de, al menos, 24 horas después de seis períodos de conducción.
- D A) Sí, la actuación del conductor es correcta. B) 9 horas. C) No, ya que entre el 1 y el 7 realiza 4 descansos diarios reducidos. No realiza un descanso semanal de, al menos, 24 horas después de seis períodos de conducción.
- E A) No, el conductor no debe retirar la tarjeta de conductor antes de que finalice el período de trabajo diario. B) 10 horas. C) No, ya que entre el 1 y el 7 realiza 4 descansos diarios reducidos. No realiza un descanso semanal de, al menos, 24 horas después de seis períodos de conducción. ✓
- F A) No, el conductor no debe retirar la tarjeta de conductor antes de que finalice el período de trabajo diario. B) 10 horas. C) No, ya que entre el 1 y el 7 realiza 4 descansos diarios reducidos.
- G A) Sí, la actuación del conductor es correcta. B) 9 horas. C) No, ya que no realiza un descanso semanal de, al menos, 24 horas después de seis períodos de conducción.
- H A) Sí, la actuación del conductor es correcta. B) 10 horas. C) No, ya que entre el 1 y el 7 realiza 4 descansos diarios reducidos. No realiza un descanso semanal de, al menos, 24 horas después de seis períodos de conducción.
Respuesta correcta: E
A) No, el conductor no debe retirar la tarjeta de conductor antes de que finalice el período de trabajo diario. B) 10 horas. C) No, ya que entre el 1 y el 7 realiza 4 descansos diarios reducidos. No realiza un descanso semanal de, al menos, 24 horas después de seis períodos de conducción.
Por qué (inicio)
La práctica con la tarjeta es incorrecta: no debe extraerse antes de que finalice el periodo de trabajo diario. El lunes de la segunda semana de noviembre podía conducir 10 horas, porque el cupo de…
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Normativa: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 6; Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8; Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, art. 34
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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