Caso práctico · Derecho Social

Caso práctico 1C04081: El Sr. Pinilla condujo, durante el mes de enero, el vehículo matrícula XXXX KBN cuya MMA

Enunciado

El Sr. Pinilla condujo, durante el mes de enero, el vehículo matrícula XXXX KBN cuya MMA es de 28.000 kg. El Sr. Pinilla, en la jornada del miércoles, 8 de enero, realizó las siguientes actividades: -De 07:00 a 08:30: conducción. -De 10:00 a 12:00: conducción. -De 12:35 a 14:45: conducción. -De 14:45 a 18:30: disponibilidad. -De 19:00 a 21:00: conducción. El citado conductor comenzó la jornada del 10 de enero a las 11:00 horas, a las 14:00 se incorporó al vehículo el Sr. Gálvez como conductor. Ambos conductores alternaron las conducciones en el vehículo hasta las 20:00 del día 14 de enero. Durante estos días, los conductores efectuaron descansos de 9 horas en cada período de 24 horas. El Sr. Pinilla, en la jornada del miércoles, 24 de enero, realizó las siguientes actividades: -De 04:00 a 08:40: conducción. -De 09:00 a 12:00: disponibilidad. -De 12:45 a 16:45: conducción. -De 18:45 a 20:30: conducción. RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES: ¿Cometió el Sr. Pinilla alguna infracción en la jornada del 8 de enero? ¿Los conductores efectuaron correctamente, entre el 10 y el 14 de enero, los descansos que prescribe el R (CE) 561/2006? ¿Cometió el Sr. Pinilla alguna infracción en la jornada del 24 de enero? En caso de respuesta afirmativa, ¿qué infracción cometió?

  1. A A) Efectuó una conducción de más de 4 horas y media sin efectuar las pausas reglamentarias. B) Sí, ya que se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 11 al 14 de enero. C) Exceso de conducción diaria, conducción de más de 4 horas y media sin efectuar las pausas reglamentarias.
  2. B A) Exceso de conducción diaria, conducción de más de 4 horas y media sin efectuar las pausas reglamentarias. B) No, ya que no se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 11 al 14 de enero. C) Exceso de conducción diaria, conducción de más de 4 horas y media sin efectuar las pausas reglamentarias, minoración del descanso diario.
  3. C A) No, no cometió infracción alguna. B) Sí, ya que se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 11 al 14 de enero. C) Exceso de conducción diaria, conducción de más de 4 horas y media sin efectuar las pausas reglamentarias, minoración del descanso diario. ✓
  4. D A) No, no cometió infracción alguna. B) No, ya que no se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 11 al 14 de enero. C) Exceso de conducción diaria, minoración del descanso diario.
  5. E A) No, no cometió infracción alguna. B) No, ya que no se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 11 al 14 de enero. C) Exceso de conducción diaria, conducción de más de 4 horas y media sin efectuar las pausas reglamentarias.
  6. F A) Exceso de conducción diaria, conducción de más de 4 horas y media sin efectuar las pausas reglamentarias. B) Sí, ya que se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 11 al 14 de enero. C) Exceso de conducción diaria, minoración del descanso diario.
  7. G A) No, no cometió infracción alguna. B) No, ya que no se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 11 al 14 de enero. C) Exceso de conducción diaria, conducción de más de 4 horas y media sin efectuar las pausas reglamentarias, minoración del descanso diario.
  8. H A) Exceso de conducción diaria, conducción de más de 4 horas y media sin efectuar las pausas reglamentarias. B) Sí, ya que se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 11 al 14 de enero. C) Exceso de conducción diaria, conducción de más de 4 horas y media sin efectuar las pausas reglamentarias, minoración del descanso diario.

Respuesta correcta: C

A) No, no cometió infracción alguna. B) Sí, ya que se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 11 al 14 de enero. C) Exceso de conducción diaria, conducción de más de 4 horas y media sin efectuar las pausas reglamentarias, minoración del descanso diario.

Por qué (inicio)

El 8 de enero no hay infracción: el total del día son 7 horas y 40 minutos de conducción, por debajo del máximo, y la actividad se interrumpe lo suficiente para que ningún bloque alcance las 4 horas…

La explicación completa de este caso formará parte de la versión de pago: 29 € una sola vez, sin suscripción ni renovación, acceso hasta que apruebes.

Normativa: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 6; Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 7; Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

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