Caso práctico · Derecho Social
Caso práctico 1C04104: El Sr. Gil conduce habitualmente el vehículo matrícula XXXX PGT, de 28 Tm de MMA. En la
Enunciado
El Sr. Gil conduce habitualmente el vehículo matrícula XXXX PGT, de 28 Tm de MMA. En la primera semana del mes de mayo, tras realizar su descanso semanal, el Sr. Gil comenzó a conducir el martes 3, a las 10:00 horas. El Sr. Gil, en la jornada del 24 al 25 de mayo, acabó de conducir a las 21:00 horas del día 24. Desde el anterior descanso semanal había descansado 9 horas continuadas tres días. El Sr. Gil efectuó, en la primera semana del mes de junio, las siguientes conducciones: -Lunes: 5 horas. -Martes: 10 horas. -Jueves: 8 horas. -Viernes: 10 horas. RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES: Tras el inicio de la conducción el día 3 de mayo, ¿cuándo debía comenzar, como máximo, a realizar el descanso semanal? ¿A qué hora del día 25, como mínimo, podía empezar a conducir? ¿Cuántas horas podía conducir el resto de la semana sin cometer ninguna infracción?
- A A) A las 00:00 del domingo, 8 de mayo. B) A las 09:00. C) 18 horas.
- B A) A las 0:00 del lunes, 9 de mayo. B) A las 09:00. C) 23 horas.
- C A) A las 10:00 del lunes, 9 de mayo. B) A las 06:00. C) 23 horas.
- D A) A las 10:00 del lunes, 9 de mayo. B) A las 09:00. C) 18 horas.
- E A) A las 10:00 del lunes, 9 de mayo. B) A las 08:00. C) 23 horas.
- F A) A las 00:00 del domingo, 8 de mayo. B) A las 06:00. C) 18 horas.
- G A) A las 10:00 del lunes, 9 de mayo. B) A las 08:00. C) 18 horas. ✓
- H A) A las 0:00 del lunes, 9 de mayo. B) A las 08:00. C) 23 horas.
Respuesta correcta: G
A) A las 10:00 del lunes, 9 de mayo. B) A las 08:00. C) 18 horas.
Por qué (inicio)
El descanso semanal debía comenzar a las 10:00 del lunes 9 como muy tarde: desde el final del descanso semanal anterior, es decir desde que empieza a conducir el martes 3 a las 10:00, no pueden…
La explicación completa de este caso formará parte de la versión de pago: 29 € una sola vez, sin suscripción ni renovación, acceso hasta que apruebes.
Normativa: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 6; Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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