Caso práctico · Acceso al Mercado
Caso práctico 1F02004: D. Lázaro Olmos, transportista titular de autorización de transporte de mercancías que
Enunciado
D. Lázaro Olmos, transportista titular de autorización de transporte de mercancías que habilita para efectuar transporte con vehículos de más de 3,5 toneladas de masa máxima autorizada, tiene adscritos a la autorización tres vehículos cuyas características son las siguientes: MMA (kg) Antigüedad Forma de disposición Vehículo 1 10.600 16 años Propiedad Vehículo 2 30.000 10 años Propiedad Vehículo 3 22.500 8 años Propiedad Una vez alcanzada la edad reglamentaria, D. Lázaro decide dejar la actividad y jubilarse, por lo que acuerda con D. Carlos Junco, un conocido suyo, la transmisión de la autorización de transporte a favor de este último. Por lo que se refiere a los vehículos, al Sr. Junco no le interesa adquirir el vehículo de 16 años por considerarlo muy antiguo y de escasa capacidad. De este modo, llevan a cabo la transferencia, a nombre de D. Carlos, de los otros dos vehículos, quedando el de mayor antigüedad a nombre de D. Lázaro. En estas condiciones, D. Carlos solicita ante la Administración de Transportes la transmisión a su favor de la autorización. Responda a las siguientes cuestiones: ¿Es posible efectuar la transmisión solicitada? ¿En qué términos se exigirá al Sr. Junco el cumplimiento del requisito de competencia profesional?
- A A) Sí, porque, al prescindir del vehículo más antiguo, se está reduciendo la antigüedad media de la flota. B) Desde el primer momento deberá disponer personalmente de certificado de competencia profesional o contratar a una persona que pueda ejercer la función de gestor de transporte.
- B A) Sí, porque, al prescindir del vehículo más antiguo, se está reduciendo la antigüedad media de la flota. B) Se le concede un plazo de tres meses para justificar el cumplimiento del requisito, al tratarse de una transmisión de autorización por jubilación.
- C A) No, porque el adquirente no adscribe a la autorización ningún vehículo con antigüedad no superior a cinco meses. B) Se le concede un plazo de seis meses para justificar el cumplimiento del requisito, al tratarse de una transmisión de autorización por jubilación.
- D A) No, porque el adquirente no adscribe a la autorización ningún vehículo con antigüedad no superior a cinco meses. B) Se le concede un plazo de tres meses para justificar el cumplimiento del requisito, al tratarse de una transmisión de autorización por jubilación.
- E A) No, porque el adquirente debe pasar a disponer de todos los vehículos adscritos a la autorización. B) Desde el primer momento deberá disponer personalmente de certificado de competencia profesional o contratar a una persona que pueda ejercer la función de gestor de transporte. ✓
- F A) No, porque el adquirente debe pasar a disponer de todos los vehículos adscritos a la autorización. B) Se le concede un plazo de tres meses para justificar el cumplimiento del requisito, al tratarse de una transmisión de autorización por jubilación.
- G A) No, porque el adquirente debe pasar a disponer de todos los vehículos adscritos a la autorización. B) Se le concede un plazo de seis meses para justificar el cumplimiento del requisito, al tratarse de una transmisión de autorización por jubilación.
- H A) No, porque el adquirente no adscribe a la autorización ningún vehículo con antigüedad no superior a cinco meses. B) Desde el primer momento deberá disponer personalmente de certificado de competencia profesional o contratar a una persona que pueda ejercer la función de gestor de transporte.
Respuesta correcta: E
A) No, porque el adquirente debe pasar a disponer de todos los vehículos adscritos a la autorización. B) Desde el primer momento deberá disponer personalmente de certificado de competencia profesional o contratar a una persona que pueda ejercer la función de gestor de transporte.
Por qué (inicio)
A) No: el adquirente debe pasar a disponer de todos los vehículos adscritos a la autorización, y aquí se queda fuera el de 16 años. Lo que impide la transmisión no es la antigüedad, sino dejar un…
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Normativa: RD 1211/1990, art. 45; RD 1211/1990, art. 113; RD 1211/1990, art. 111
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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