En el transporte nacional de mercancías por carretera, salvo en los servicios de paquetería, ¿por cuenta de quién son las operaciones de carga y descarga si no se estipula nada expresamente?

  1. A Del cargador y del consignatario, respectivamente. ✓
  2. B Del porteador.
  3. C Del remitente.
  4. D Del porteador la carga y del destinatario la descarga.

Respuesta correcta: A

Del cargador y del consignatario, respectivamente.

Por qué

Sin pacto, carga el cargador y descarga el consignatario. Cada uno responde de los daños que cause en su operación, y de ahí la importancia práctica de esta regla.

Normativa: Ley 15/2009, art. 20

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