En el transporte nacional de mercancías por carretera, si el consignatario no se encuentra en el punto de destino para hacerse cargo de la mercancía transportada, ¿qué deberá hacer el transportista?
- A Deberá pedir nuevas instrucciones al que tiene el poder de disposición sobre las mercancías. ✓
- B Deberá descargar la mercancía en la dirección indicada en la carta de porte.
- C Deberá depositar la mercancía judicialmente, sin más trámites.
- D Deberá volver con la mercancía al punto de origen.
Respuesta correcta: A
Deberá pedir nuevas instrucciones al que tiene el poder de disposición sobre las mercancías.
Por qué
Debe pedir instrucciones a quien ostenta el poder de disposición sobre la mercancía. Ni descargarla sin más ni volverse al origen por decisión propia: el depósito ante la Junta Arbitral solo llega si esas instrucciones no aparecen a tiempo.
Normativa: Ley 15/2009, art. 36
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