En un transporte nacional de mercancías por carretera, cuando se ha pactado la entrega del envío a una hora determinada y que el destinatario que se haga cargo de la descarga, ¿tiene este algún plazo legal para realizarla si no ha sido pactado por las partes?
- A 2 horas desde la hora pactada para la entrega del envío, independientemente del momento en el que se comience la descarga. ✓
- B 2 horas desde el comienzo efectivo de la descarga.
- C 2 horas desde el momento de la llegada del vehículo al lugar de descarga.
- D No existe un plazo concreto.
Respuesta correcta: A
2 horas desde la hora pactada para la entrega del envío, independientemente del momento en el que se comience la descarga.
Por qué
Con hora de entrega pactada el plazo es de dos horas contadas desde esa hora, no desde que empiece la descarga. Así el destinatario no puede estirar el tiempo retrasando el inicio de la operación.
Normativa: OM FOM/1882/2012, Anexo; OM FOM/1882/2012, art. 6.10
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