Si en el momento de la entrega de las mercancías transportadas no hay acuerdo sobre su estado entre el porteador y el destinatario, ¿qué pueden hacer?

  1. A Solicitar un reconocimiento de las mismas por la Junta Arbitral competente.
  2. B Solicitar un reconocimiento de las mismas por el órgano judicial que corresponda.
  3. C Solicitar un reconocimiento de las mismas por un perito designado por ellos.
  4. D Todas las respuestas son correctas ✓

Respuesta correcta: D

Todas las respuestas son correctas

Por qué

Las tres vías son válidas: perito designado de común acuerdo, Junta Arbitral u órgano judicial. Lo importante es dejar constancia objetiva del estado antes de que la mercancía se manipule y la prueba se pierda.

Normativa: Ley 15/2009, art. 34

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