En un transporte de mercancías por carretera, ante la imposibilidad de entrega, si no recibe instrucciones del cargador, ¿qué opción da la normativa al porteador?
- A Devolver las mercancías a origen cobrando al cargador el viaje de retorno.
- B Enajenar las mercancías a las 48 horas del intento de entrega.
- C Solicitar el depósito en la Junta Arbitral competente. ✓
- D Levantar acta notarial de hecho y esperar 24 horas para solicitar un depósito judicial.
Respuesta correcta: C
Solicitar el depósito en la Junta Arbitral competente.
Por qué
Puede pedir el depósito de la mercancía ante la Junta Arbitral competente, que es la vía rápida y barata. Ni devolver cobrando el retorno ni vender por su cuenta son opciones que la norma le dé.
Normativa: Ley 15/2009, art. 44
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